TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15667

DECRETO SUPREMO Nº 15758

GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, ha solicitado al Ministerio de Finanzas la derogatoria del ítem 12 “Servicio de Propaganda”, de la Ordenanza de Patentes e Impuestos Municipales, aprobada por Decreto Supremo Nº 15060 de 7 de octubre de 1977.

 

Que, el citado ítem será sustituido por una “tasa de licencia”, con el objeto de implementar la aplicación del Reglamento de Publicidad Urbana puesto en vigencia por esa Comuna, de acuerdo a las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Derógase el item 12 “Servicio de Propaganda” de la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, aprobada mediante Decreto Supremo N° 15060 de 7 de octubre de 1977 y prorrogada para su vigencia en la presente gestión por Decreto Supremo N° 15599 de 27 de junio de 1978.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Angel Salmón Córdova, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar Urhy, Jaime Larrazabal L, Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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