DECRETO SUPREMO N° 15670
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Honorable Alcaldía Municipal de Sorata, Capital de la Provincia Larecaja, del Departamento de La Paz, ha presentado proyecto de Ordenanza de Patentes e Impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.
Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, han elaborado informe y Proyecto sustitutivo sobre la referida Ordenanza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de Sorata, Capital de la Provincia Larecaja del Departamento de La Paz, para la gestión de 1978, en sus siguientes 6 secciones y 72 Items.
Item D e t a l l e
C a t e g o r í a s $b.
1ra.
2da.
SECCION PRIMERA
PATENTES PROFESIONALES
1 Profesionales con título o sin el, con oficinas establecidas o sin ella, en ejercicio dentro de la localidad, anual
PATENTES COMERCIALES E INDUSTRIALES
2 Tiendas comerciales, anual
3 Comerciantes ambulantes, anual
250.-
300.-
200.-
200.-
150.-
150.-
4 Establecimientos, madereros, molineros, anual.
5 Hoteles, residencias y otros, anual
6 Alojamientos, anual
7 Bares y pensiones y otros, anual
8 Tala de eucaliptos y otros por c/u, dentro del radio urbano
9 Mesas de billar cada una, anual
10 Bandas de música por actuación en general
11 Orquesta por actuación en general
12 Bailarines con disfraces de conjuntos
13 Disfrazados en carnavales, pepinos etc.
14 Conjuntos de Comparsas en carnavales
15 Toldos de ventas en vía pública por metro 2.- en cada fiesta
16 Toldos de ventas ocasionales por semana
17 Autorización para explotación de piedras cortadas, por camionada
18 Explotación de piedras brutas por camión
19 Autorización explotación de arena por camionada
20 Puestos de venta en el Mercado Municipal, por cada mes
21 Puestos de venta ocasionales sentaje
22 Puestos de juegos de azar en cada fiesta
23 Hornos de panificación, anual
24 Inscripción y autorización para funcionamiento de negocios con capital mayor de $b. 10.000
25 Autorización para el funcionamiento de negocios sujeto al patente fijo, con capitales inferiores a $b. 10.000
26 Por exhibición de películas en local particular(es) sobre precio
27 Exhibición de películas o funciones en el Teatro Municipal, según D.S. N° 14374, de -- 21/2/77.
28 Artesanos en general, anual
29 Autorización para nuevas construcciones por m2
30 Estacionamiento de vehículos en plazas y calles p/semana.
31 Mesas de juegos infantiles similares, futbolines y otros, anual
32 Empresas Mineras dentro la jurisdicción de Sorata
SECCION SEGUNDA
33 Por entierro de cadáveres en el cementerio general
34 Por exhumación de cadáveres después de 10 años y trasladado a otro nicho
35 Por exhumación de cadáveres y traslado fuera de la provincia
300.-
500.-
250.-
250.-
30.-
60.-
100.-
100.-
100.-
30.-
100.-
100.-
5.-
30.-
20.-
20.-
25.-
5.-
80.-
150.-
300.-
175.-
--
--
100.-
5.-
10.-
30.-
2.500.-
30.-
50.-
300.-
200.-
350.-
200.-
200.-
--
--
50.-
70.-
70.-
--
70.-
--
--
--
--
--
--
3.-
50.-
100.-
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--
30%
--
75.-
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--
1.500.-
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36 Traslado fuera de la provincia cadáveres embalsamados
37 Venta de terreno en el cementerio para construcción de nichos por m2
38 Préstamo de nichos de propiedad municipal o particulares por 10 años
39 Exportación de Callapos, que salen de la provincia por cada camión
40 Madera en general labrada, que sale de la provincia por cada camionada
41 Exportación jorgoneros y carrisos, por cada atado normal
42 Por solar no cerrado fuera de la zona central, anual
43 A la cerveza impuesto único D.S. N° 14907 de 13/9/77
44 Por internación de refrescos fardo de 30 botellas, por fardo sobre factura
45 Por internación de licores, piscos, vinos y otros sobre factura
46 Al alcohol potable por litro D.S. N° 11142 de 26/10/73
47 Al alcohol desnaturalizado por litro D.S. N° 11142 de 26/10/73
48 Expendio de huillapu y chicha por arroba
49 Por internación de cigarrillos nacionales sobre valor factura
50 Por cigarrillos extranjeros
51 Lonjas de suela c/u
52 Por lonja de cuero oscaria y otros
53 Sobre conservas nacionales s/factura
54 Sobre conservas extranjeras s/factura
55 Compra-venta de ganado mular, vacuno, equino, porcino, ovino por cada uno
56 Por rodado de cada vez que lleguen a la población camiones
TERCERA SECCION
INTERES MULTAS Y RECARGOS
57 Interés sobre patentes e impuestos municipales, no pagados dentro del término legal por el tiempo caído en mora, anual
58 Multas a evasión de patentes e impuestos sobre el monto evadido por acción de oficio.
59 Multas por Edificaciones clandestinas “Uso no conforme” o sin la autorización municipal, el valor de las obras realizadas, calculadas por la sección técnica Municipal o un perito, además de la demolición correspondiente
400.-
50.-
400.-
100.-
150.-
4.-
100.-
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5%
5%
16.5%
33%
10.-
3%
5%
3%
4.-
1%
4%
20.-
2.-
18%
25%
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--
--
--
--
--
--
50.-
7%
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--
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--
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--
--
10.-
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60 Multa por cualquier destrucción de árboles, bancos, aceras, postes de árboles y otros sobre el valor calculado de la destrucción
61 Multa por cualquier destrucción por falta de limpieza de calles, sea el propietario o inquilino
CUARTA SECCION
CATASTRO URBANO
62 Transferencia de propiedad inmueble D.S. N° 11376 de 21/2/77
63 Impuesto sobre propiedad urbana según D.S. N° 14375 de 21/2/77
QUINTA SECCION
PONTAJE Y PASAJE
64 Por conservación de puentes colgantes a cargo de la H. Alcaldía Municipal de “Sorata”
65 Pontaje por persona que viaja a Tipuani, Guanay y otros puntos viceversa por licitación, anual
66 Por viaje de animal con o sin carga de Sorata, Tipuani, Guanay y otros puntos o viceversa, patentes cada vez
67 Por llama con carga o sin ella, por cada vez 2.50
68 Por cabeza de ganado lanar, porcino y otros animales
SEXTA SECCION
VARIOS
69 Patentes para canes por cada uno, anual
70 Multas por derribe clandestino de ganado bovino llamar
71 Multa por derribe clandestino de ganado ovino y porcino por cabeza
72 Multa por derribe de vacas en edad prohibida.
100%
20.-
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--
3.50
2.50
5.-
20.-
100.-
50.-
150.-
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ARTÍCULO 2.- Los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación.
ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4.- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5.- Las Poblaciones Satélites dentro del radio urbano, que no tengan los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentas del pago de tasas municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.
ARTÍCULO 6.- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las similares del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado los Despachos de Finanzas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de julio de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.