TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 25534

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que los vocales titulares designados por el Presidente de la República para las Cortes Departamentales Electorales de Beni, Pando, Potosí y Tarija concluyen sus períodos de ejercicio legal de funciones;

Que la ley 2014 de 17 de septiembre de 1999, dejando en suspenso la vigencia del primer párrafo del artículo 25 del Código Electoral, permite al Congreso Nacional nombrar por el período de un año computable a partir de la fecha de su posesión, a los vocales que le corresponde nombrar en las Cortes Departamentales Electorales, reemplazantes de los que concluirán su periodo de ejercicio de funciones el 3 de octubre de 1999, precepto legal aplicable por extensión a los vocales que el Presidente de la República nombra;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTICULO 1.- Se designa Vocales por la Presidencia de la República en las siguientes Cortes Departamentales Electorales, por el plazo de un año a partir de su posesión, a los siguientes ciudadanos:

CORTE DEPARTAMENTAL

ELECTORAL DE PANDO: Sr. César Soria Vegido

 

CORTE DEPARTAMENTAL

ELECTORAL DE POTOSI Silvio Arévalo Fernández

ARTICULO 2.- Se ratifica como Vocales de la Presidencia de la República en las siguientes Cortes Departamentales Electorales, por el plazo de un año a partir del 3 de octubre de 1999, a los siguientes ciudadanos:

CORTE DEPARTAMENTAL

ELECTORAL DEL BENI: Sr. Roger Durán Gallozo

 

CORTE DEPARTAMENTAL

ELECTORAL DE TARIJA: Sr. Abraham Baracatt Baracatt

Los señores Ministros de Estado en los despachos de la Presidencia y de Gobierno, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve años.

FDO. HUGO BANZER SUAREZ ,Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Edmundo San Martín Ballivián MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Herbert Müller Costas,Juan Antonio Chahín Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|