TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 21787

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Contraloría Departamental de Santa Cruz, autorizada por la Contraloría General de la República mediante resolución C-2/354/87 de 4 de agosto de 1987, licitó públicamente la adquisición de un inmueble para sus oficinas en la mencionada ciudad, con cargo a recursos propios.

 

Que la Junta de Licitaciones, aprobando el informe de su comisión calificadora, adjudicó la compra a Hernán Arredondo y Nancy Chávez de Arredondo en sesión de 17 de septiembre de 1987 por haber obtenido su oferta de inmueble el mayor puntaje en la calificación, a mérito de su superficie, ubicación y otros factores.

 

Que cumplido el trámite de ley, la adjudicación precisa probación mediante decreto dado su monto, para su plena validez, de acuerdo al artículo 22-b-3 del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1987.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se aprueba la adjudicación a los esposos Hernán Arredondo y Nancy Chávez de Arredondo para la compra de su inmueble ubicado sobre las Avenidas “Cristobal de Mendoza” y “Trinidad” de Santa Cruz de la Sierra, con destino a las oficinas de la Contraloría Departamental en la mencionada ciudad, según resolución de 17 de septiembre de 1987 de su Junta de Licitaciones, por el precio de CIENTO VEINTICINCO MIL 00/100DOLARES AMERICANOS (US$. 125.000.-), en su equivalente en moneda boliviana al cambia del día del pago y con cargo a los recursos propios de la Contraloría General de la República.

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Contralor Departamental de Santa Cruz suscribir el respectivo contrato con los adjudicatarios, bajo las clausulas de seguridad y garantías de ley con intervención del Fiscal de Gobierno.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic Raztanovic, Fernando Moscoso Guachalla, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Manuel Arellano, Franklin Anaya Vázquez, Walter Humberto Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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