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DECRETO SUPREMO Nº 21937

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que es justo proporcionar las mayores facilidades al Papa Juan Pablo II durante su permanencia en territorio boliviano, atenta su alta calidad de Sumo Pontífice de la Iglesia y que e pueblo boliviano es católico mayoritariamente.

 

Que la Nunciatura Apostólica y la Comisión pro visita del Papa han relievado la necesidad de dotarle de servicios de comunicación eficientes durante su viaje a Bolivia del 8 al 14 de mayo de 1988.

 

Que es viable proveer gratuitamente esos servicios, sin aplicar esta vez el artículo 240 del Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones, aprobado por decreto supremo 17730 de 20 de octubre de 1980.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza por sólo esta extraordinaria ocasión la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, ENTEL, instalar y proveer servicios de comunicación gratuitamente para uso del Santo Padre y su comitiva durante su estada en Bolivia, conforme el siguiente detalle:

 

CIUDAD

SERVICIO

LUGAR

FECHA

 

La Paz

 

DDI

 

Nunciatura Apostólica Visita del Santo Padre

+ 40 días antes de su llegada + 10 días de su partida

 

9 mayo/ 13 mayo

 

30 marzo/ 23 mayo

 

DDO

 

ELA junto al altar papal

 

10 de mayo (mañana)

 

DDO

 

Sacristía de la Catedral

 

10 de mayo (tarde)

Oruro

 

DDO

 

Tribunal papal aeropuerto

 

11 de mayo (mañana)

Cochabamba

DDI

Convenio San Francisco

10 de mayo (noche)

 

DDO

 

c. 25 de mayo

 

hasta 12 de mayo (medio día)

 

DDO

Base Militar junto al altar

 

 

DDO

 

Seminario mayor de San José, Coña Coña

 

 

DDO

 

Estadio Capriles tribuna papal

 

 

Sucre

 

DDO

 

Estadio Patria, altar para misa papal

 

12 de mayo

 

DDO

Arzobispado

12 de mayo

Santa Cruz

 

 

DDI

 

 

Convenio de San Antonio calle M. Barbery s/n. segundo anillo

 

12 de mayo (noche)

hasta

14 de mayo (tarde)

 

DDO

 

Auditorium del Colegio La Salle

 

12 de mayo (tarde)

 

DDO

 

Sacristía de la Catedral

 

13 de mayo (mañana)

 

DDO

 

El Trompillo junto al altar papal

 

13 de mayo (tarde)

Tarija

 

DDO

 

Aeropuerto tribuna papal

13 de mayo (mañana)

Trinidad

 

DDO

 

 

14 de mayo (mañana)

 

 

ARTÍCULO 2.- Las facturas de este servicio, llevarán visiblemente el rótulo de GRATUITO.

 

El señor Ministro de Transportes y Comunicaciones queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutiérrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petricevíc Raztanovíc, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Pérez Guzmán, Jaime Villalobos Sanjinez, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vásquez, Wálter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas Masses.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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