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DECRETO SUPREMO Nº 16760

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D. L. N° 16155 de 1° de febrero de 1979, fue aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada nacionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, e impulsar el desarrollo económico y social del país;

 

Que, la suma aprobada para el Servicio Geodésico de Mapas en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a recursos del Tesoro Nacional;

 

Que, el Ministerio de Defensa Nacional hasta la gestión de 1978 ha venido cubriendo los gastos del Instituto Geográfico Militar correspondientes a Energía Eléctrica; Viáticos, Fletes y Almacenamiento, Alquiler de Edificio y Maquinaria y Lubricantes y Combustibles, habiéndose suprimido dicha cobertura por la presente Gestión Fiscal.

 

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTICULO UNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Servicio Geodésico de Mapas a fin de reforzar el presupuesto de la gestión 1979 con cargo a recursos del Tesoro Nacional de la presente gestión fiscal, por la suma de SEISCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 600.000.- ), de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

ORGANISMO : MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION GENERAL DE LAS FUERZAS

ARMADAS DE LA NACION

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto Adicional 1979

 

 

 

 

 

 

 

I

NACIONALES

600.000.-

 

1.-

 

Tesoro Nacional

 

600.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

T o t a l :

 

600.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional 1979

 

 

 

 

 

 

 

700

 

TRANSFERENCIAS

600.000.-

 

720

 

Al Sector Público

600.000.-

 

722

 

Transferencias Corrientes por Subsidios o

 

 

 

 

Subvenciones

600.000.-

 

 

 

Administración Descentralizada

600.000.-

 

 

2.

Instituciones Públicas

600.000.-

 

 

 

Servicio Geodésico de Mapas

600.000.-

 

 

 

T o t a l :

 

600.000.-

 

 

 

 

 

 

 

ORGANISMO :

SERVICIO GEODESICO DE MAPAS

 

CAPITULO I :

FUNCIONAMIENTO

 

PROGRAMA 01 :

LEVANTAMIENTO CARTOGRAFICO NACIONAL

 

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto Adicional 1979

 

 

 

 

 

 

 

I

 

NACIONALES

600.000

 

 

 

 

 

 

 

 

4.-

Transferencias

600.000

 

 

 

Ministerio de Defensa Nacional (T.G.N.)

600.000

 

 

 

T o t a l :

 

600.000

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional 1979

 

 

 

 

 

 

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

550.000.-

 

210

 

Servicios Basicos

120.000.-

 

212.4

 

Energía eléctrica y Agua

120.000.-

 

220

 

Servicios de Transporte y Seguros

300.000.-

 

222.4

 

Viáticos

 

200.000.-

 

223.4

 

Fletes y Almacenamiento

100.000.-

 

230

 

Alquileres

 

130.000.-

 

232.4

 

Equipos y Maquinarias

130.000.-

 

300

 

MATERIALES Y SUMINISTROS

50.000.-

 

320

 

Para Usos Varios

50.000.-

 

325.4

 

Lubricantes y Combustibles

50.000.-

 

 

 

T o t a l :

 

600.000.-

 

 

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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