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DECRETO SUPREMO Nº 16675

GRAL. DIV DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante D.L. Nº 16155 de 1° de febrero de 1979, fue aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecución una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país.

 

Que, la suma aprobada para Organinismos internacionales, por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional.

 

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, requiere fondos destinados a Organismos Internacionales, a fin de cubrir las cuotas devengadas, correspondientes al acuerdo del párrafo B-6 del Artículo 11 del Acta suscrita en la XI Reunión de Coordinadores realizada en la ciudad de Cochabamba en 1977 sobre estudios para el aprovechamiento Múltiple de la Cuenca de Río Pilcomayo con la Secretaria General de la Organización de Estados Americanos, como asimismo, para el refuerzo de su presupuesto de gestión por el presente año, a fin de conseguir la asignación de Expertos en las diferentes especialidades.

 

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el Informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de Organismos Internacionales, a fin de reforzar el presupuesto de la gestión de 1979 con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.305.700.-), de acuerdo al siguiente detalle:

ORGANISMOS INTENACIONALES

 

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : APORTE A ORGANISMOS

INTERNACIONALES

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1979

 

 

 

I

NACIONALES

2.305.700.-

 

 

 

1.-

Tesoro Nacional

2.305.700.-

 

 

 

 

T o t a l :…………………………..

2.305.700.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1979

 

 

 

800

APORTES

2.305.700.-

 

 

 

810

A Organismos Internacionales

2.305.700.-

 

 

 

811

Cuotas Regulares

2.101.900.-

813

Cuotas Devengadas

203.800.-

 

 

 

 

T o t a l :…………………………………..

2.305.700.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio De Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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