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DECRETO SUPREMO Nº 16662

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante D.L. Nº 16155 de 1º de febrero de 1979, fue aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país.

 

Que, la suma aprobada para la Junta Nacional de Acción Social por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con rango a fondos provenientes del Tesoro Nacional.

 

Que, la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, procedió a una reformulación presupuestaria, de cuyo detalle se concluye que existe diferencia de fondos, que es necesario reforzar a fin de que dicha Institución pueda solventar debidamente sus actividades de beneficio social.

 

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República a fin de reforzar el presupuesto de la gestión de 1979 con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 492.500.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

PROGRAMA 01 : ACCION SOCIAL

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1979

 

 

 

I

NACIONALES

492.500.-

 

 

 

1.-

Tesoro Nacional

492.500.-

 

 

 

 

T o t a l :……………………

492.500.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1979

 

 

 

100

SERVICIOS PERSONALES

342.500.-

 

 

 

110

Empleados Personales

308.100.-

 

 

 

111

Haberes Básicos

9.900.-

113

Bonificaciones

251.100.-

114

Aguinaldos

43.500.-

116

Asignaciones Familiares

3.600.-

 

 

 

130

Previsión Social

34.400.-

 

 

 

131

Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS).

31.300.-

132

Aporte Patronal para Vivienda (CONAVI)

3.100.-

 

 

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

150.000.-

 

 

 

320

Para Usos Varios

150.000.-

 

 

 

328

Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores

150.000.-

 

 

 

 

T o t a l :…………………………………………

492.500.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villaroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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