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DECRETO SUPREMO Nº 16637

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 08685 de fecha 5 de Marzo de 1979 ha sido autorizada la implantación del sistema de microfilm en los archivos de las oficinas dependiente de la Administración pública reconociendo a dicha microfilmación debidamente autentificada el valor jurídico a que se refiere el Código de Procedimiento Civil;

 

Que, en ejecución de dicha disposición legal es necesario organizar científicamente los Archivos de las oficinas públicas que como los de la Dirección General de la Renta Interna, por su alta densidad de almacenaje requiere de la mayor seguridad posible;

 

Que, dicha oficina fiscal del Ministerio de Finanzas ha proyectado cambios en su organización del sistema de archivos, siendo necesario para ello la adquisición de un equipo de microfilmación terminal de localización y accesorios, exceptuada de los trámites que la convocatoria a propuestas por tratarse de un caso de excepción.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Con carácter de excepción autorízase al Ministerio de Finanzas, y con destino a los servicios de la Dirección General de la Renta Interna, adquirir en forma directa un equipo de microfilmadora, terminal de localización y accesorios de la firma Casa Kavlin S.A. conforme a especificaciones de su propuesta por el precio total de $b.- 1.458.943.50 (UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES 50/100 PESOS BOLIVIANOS).

ARTÍCULO 2.- El importe que demande la compra de dicho equipo deberá imputarse a la Partida 431.5.1 “Equipo de Oficina y Muebles” del Presupuesto de Lotería de Facturas de la presente gestión.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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