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DECRETO SUPREMO Nº 16622

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la SECRETARIA GENERAL DE DEPORTES Y JUVENTUDES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, es la Entidad Oficial del Estado Boliviano, que incentiva, promueve, planifica y ejecuta la política deportiva y juvenil del país;

 

Que, el Artículo 7° inciso a) del Decreto Supremo N° 12782 de 21 de agosto de 1975, establece casos de excepción para la construcción de Campos Deportivos de propiedad de Entidades privadas, estableciéndose el derecho de uso de los mismos, mediante la firma de Convenios Especiales, entre la Entidad Privada y el Comité de Obras Deportivas Departamentales, dependiente de la Secretaria General de Deportes y Juventudes de la Presidencia de la República.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el proyecto de Iluminación de la Cancha Múltiple del Estado Obrero de la ciudad de La Paz, que bajo Convenio Especial a suscribirse efectuará el Comité de Obras Deportivas Departamentales de La Paz.

 

Los señores Ministros de Estado en los respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón; Hugo Céspedes Espinoza; Gary Prado Salmón; Javier Alcoreza Melgarejo; Simón Sejas Tordoya; Juan Muñoz Revollo; Oscar Pammo Rodríguez; Jorge Echazú Aguirre; Félix Villarroel Terán; Mario Candia Navarro; Luis Rivera Palacios; Norberto Salomón Soria; Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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