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DECRETO SUPREMO Nº 12104

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Prefectura del Departamento de Oruro solicita un Presupuesto Adicional con cargo a recursos propios y saldos de gestión anterior con la finalidad de encarar requerimientos no previstos en el Presupuesto Consolidado del Sector Público aprobado por D.S. N° 11356 de 22 de febrero del año en curso.

 

Que, ante las situaciones de hecho presentadas a la Prefectura de Oruro, debidamente verificadas por los distintos servicios del Estado y previo un exhaustivo análisis de su ejecución presupuestaria efectuada por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, se considera necesario aprobar el Presupuesto Adicional requerido para su aplicación en la presente gestión fiscal de 1974.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Oruro con cargo a recursos propios y saldos de gestión anterior, para su vigencia en la presente gestión de 1974, por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS oo/1oo PESOS BOLIVIANOS ($b. 185.500-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

05. - FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto Adicional

1974

 

I

 

NACIONALES

 

185.500.-

2.-

 

5.-

 

Recursos Propios

 

OTROS

154.500.-

 

31.000.-

5.2

Saldo Gestión Anterior

31.000.-

 

Total:

185.500.-

= = = = = =

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

09- CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

19 7 4

 

200

 

290

 

292

 

400

 

 

430

 

 

433

 

 

SERVICIOS NO PERSONALES

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

 

Otros Servicios No Personales

 

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

 

MAQUINARIA Y EQUIPO

 

 

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación

 

T o t a l :

 

31.000.-

 

31.000.-

 

31.000.-

 

154.500.-

 

 

154.500.-

 

 

154.500.-

 

185.500.-

= = = = = =

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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