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DECRETO SUPREMO N° 12066

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que, el Comando General de la Policía Boliviana tiene necesidad de proveer los víveres necesarios para su distribución a los señores Jefes, Oficiales, personal civil y clases de la Policía Nacional correspondientes al segundo semestre de la presente gestión.

Que, tratándose de artículos de primera necesidad con precios sujetos a control del Ministerio de Industria y por la urgencia de disponer de esta dotación para la Policía Nacional corresponde autorizar su rápida adquisición.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando General de la Policía Nacional de adquisición directa de los siguientes artículos alimenticios para provisión a los señores Jefes, Oficiales, personal civil y Sub-Oficial de la nombrada Institución, correspondientes a la dotación del segundo semestre de 1974, de acuerdo al siguiente detalle:

 

DE LA CORPORACION BOLIVIANA DE FOMENTO

 

 

 

2.609 qq. de azúcar superior a $b. 310.-

el quintal con valor de ..........................................................

 

$b.

 

808.790.-

 

DE LA EMPRESA NACIONAL DEL ARROZ:

 

 

 

2.606 qq. de arroz clase popular a $b. 353.80

 

 

 

el quintal con importe de: …………………………………

$b.

923.064.20

 

DE LA SOCIEDAD INDUSTRIAL MOLINERA S.A.

 

 

 

“SIMSA”:

 

 

 

2.609 qq. de harina nacional Princesa a $b. 300.15

 

 

 

el quintal con valor de: .. ………………………………….

$b.

783.091.35

 

TOTAL:

$b.

2.514.945.55

 

 

ARTÍCULO 2.- El importe de dichas compras será cubierto con fondos asignados en los siguientes Códigos: Grupo 300 MATERIALES Y SUMINISTROS.-Sub Grupo 320 Suministros Generales e Item 324 “Alimentos” del Presupuesto Fiscal de la Policía Nacional en vigencia y el Presupuesto Adicional aprobado por Decreto Supremo N° 11810, de 20 de septiembre del año en curso.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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