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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 12054

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno Nacional, mediante Decretos Leyes Nos. 11846, 11847, 11848, 11894 y 11850 de fecha 3 de octubre de 1974, aprobó la reestructuración del Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República, con la finalidad de otorgarle una estructura que fortalezca los procedimientos técnicos y administrativos en materia de Desarrollo Económico-Social;

 

Que, las necesidades para el funcionamiento de los Consejos de Economía y Planeamiento Político y Social; de los sistemas de Planeamiento, Proyectos, Integración y otros, señalan la imperiosa necesidad de contar con instalaciones, ambientes y equipos modernos que faciliten y aceleren las reuniones de trabajo, comunicaciones y demás procedimientos administrativos, relacionados con tan importantes funciones;

 

Que, por otra parte es de igual urgencia contar con instalaciones acordes con el decaro y prestigio nacionales,

 

Que, no siendo posible erogaciones mayores para la adquisición o construcción de nuevos edificios, las actuales dependencias de la Ex-Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación, permiten una adecuada remodelación de sus ambientes que llenen las finalidades anteriormente mencionadas;

 

Que, es necesario considerar la urgencia de ejecutar estos trabajos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República proceder a la remodelación y readaptación de los siguientes ambientes de la Ex-Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación: Auditorium, Oficinas de las Subsecretarías de Planeamiento y de Coordinación Interministerial y demás dependencias administrativas y técnicas, a través de contratos con empresas que garanticen la pronta y favorable ejecución de los trabajos y a la adquisición directa del mobiliario que fuera necesario, con liberación de impuestos arancelarios.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

 

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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