DECRETO LEY N° 12039
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Banco Central de Bolivia, ha solicitado al Consejo Nacional de Economía y Planificación, autorización para emitir billetes hasta la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS, ($b. 450.000.000.-) con el objeto de hacer frente a las necesidades de mayor circulante, para la adquisición de monedas extranjeras y los factores estacionales de fin de año.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN
FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE
ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia para que con sujeción a lo dispuesto por el Art. 51, inciso c) de la Ley de 20 de diciembre de 1945, emita billetes hasta la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 450.000.000.-), destinados a la compra de monedas extranjeras y pagos estacionales de fin de año, debiendo ser utilizada dicha emisión en la medida de los requerimientos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzalez Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.