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DECRETO SUPREMO N° 12032

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Secretaría General de Prensa e Informaciones de la Presidencia de la República no dispone de los recursos financieros necesarios para solventar gastos de publicidad o impresión, estimándose que los saldos líquidos actuales no alcanzan a cubrir sus necesidades de emergencia.

 

Que, ante la necesidad de dar solución a la anterior insuficiencia de recursos, la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Finanzas en previsión de la facultad otorgada por el Art. 9° del D.S. N° 11958 de 22 de febrero de 1974, ha elaborado el respectivo proyecto de Presupuesto Adicional, correspondiendo al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal con arreglo a los requisitos establecidos en la Ley Financial vigente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de La Presidencia de la República para la Secretaría General de Prensa e Informaciones con cargo a recursos del Tesoro Nacional por la suma de DOS MILLONES oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.000.000). para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto

Adicional

1974

 

I

 

1.-

 

NACIONALES

 

Tesoro Nacional

 

Total:

 

2.000.000.-

 

2.000.000.-

 

2.000.000.-

 

 

 

 

 

 

EGR ESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

Presupuesto

Adicional

1974

 

200

 

220

 

221

 

222

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

PUBLICIDAD O IMPRENTA

 

Publicidad

 

Imprenta

 

Total :

 

2.000.000.-

 

2.000.000.-

 

1.800.000.-

 

800.000.-

 

2.000.000.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Oscar Quiroga Terán, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Victor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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