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DECRETO SUPREMO N° 12031

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, ha sido afectada directamente por la disposición de los DD.SS. 11123 y 11300 que disponen un reajuste salarial en los contratos de construcción por mano de obra, en proporción del 27% para las obras adjudicadas y en ejecución al 11 de octubre de 1973 y el 16% el valor de los trabajos que deben iniciarse a partir del día siguiente del anterior término.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno disponer la cobertura financiera del reajuste de las construcciones posteriores al 12 de octubre de 1973, por no haber sido considerados dichos gastos dentro del Presupuesto originalmente aprobado de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, cuya incidencia se calcula en el monto global de $b. 2.464.200.- para cubrir los reajustes de las obras de Alcantarillado, Arquitectura, Canalización y Pavimentación.

 

Que al cumplimiento de los anteriores requerimientos se hace necesario la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional en favor de la Comuna de La Paz.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz con cargo a recursos del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.464.200.-), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto

Adicional

1974

 

I

 

1.-

 

NACIONALES

 

Tesoro Nacional

 

Total:

 

2.464.200.-

 

2.464.200.-

 

2.464.200.-

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

Presupuesto

Adicional

1974

 

400

 

410

 

422

 

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

INMOBILIARIOS

 

Reajuste para Construcciones

 

T o t a l :

 

2.464.200.-

 

2.464.200.-

 

2.464.200.-

 

2.464.200.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y Finanzas. quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Oscar Quiroga Terán, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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