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DECRETO SUPREMO N° 11978

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2/72 de fecha 2 de febrero de 1972, la Honorable Alcaldía Municipal de Villamontes Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, ha transferido con carácter gratuito dos lotes de terreno ubicados en la población de Villamontes entre las calles Chuquisaca y Abaroa;

 

Que, dicha transferencia ha sido perfeccionada mediante Escritura Pública N° 26/72 por ante el Notario de fé Pública Dn. Luis Torres M. y registrada en Derechos Reales bajo la Partida N° 35 del Libro 1° de la Provincia Gran Chaco, Folio 383, de 1972;

 

Que, por tratarse de bienes comunales es necesario aprobar la transfeerncia mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la transferencia de dos lotes de terreno ubicados entre las calles Chuquisaca y Abaroa de la población de Villamontes, Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, efectuada por la Honorable Alcaldía Municipal de Villamontes, de acuerdo a Ordenanza Municipal 2/72 y escritura pública de transferencia 26/72 otorgada por ante el Notario de fé Pública D. Luis Torrez M. registrada definitivamente en la oficina de Derechos Reales del Departamento de Tarija, bajo la Partida N° 35, Folio 383, del Libro 1° de la Provincia Gran Chaco, en favor del Servicio Nacional de Caminos.

 

Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y del Interior, Justicia y Migración quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Nuñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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