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Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
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DECRETO SUPREMO N° 11859
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno de la Nación, acorde con la Política Nacionalista que viene desarrollando tiene como prioridad el desarrollo social con un vasto alcance nacional.
Que, para llevar a efecto el desenvolvimiento de los planes y estrategia de ésta política, el Supremo Gobierno ha encomendado a la Junta Nacional de Desarrollo la tarea de planificar y organizar la ejecución de esta labor.
Que, es preciso que la Junta Nacional de Desarrollo cuente con los recursos necesarios para este fin, los mismos que pueden ser obtenidos de los fondos que mantienen el Banco Central de Bolivia por concepto de multas a las Compañías de Seguros y Bancos locales por desencaje.
Que, al respecto debe dictarse la norma legal correspondiente. disponiendo el respectivo traspaso de fondos y fijándole un Presupuesto Adicional a la Junta Nacional de Desarrollo por la suma de $b. 6.320.340.-.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia, transferir a la Cuenta 1-100 T.G.N. “Ingresos Ordinarios” del Tesoro Nacional, los fondos que retiene por concepto de multas aplicadas a las Compañías de Seguro y Bancos Locales por desencaje.
ARTÍCULO 2.- Se aprueba el Presupuesto Adicional de la Junta Nacional de Desarrollo Social para su vigencia en el presente ejercicio Fiscal por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS CUARENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 6.320.340.-) con cargo a los fondos transferidos en el artículo primero, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS
Código
Fuente
Presupuesto
Adicional
1974
1
NACIONALES
6.320.340.-
1.-
Tesoro Nacional
6.320.340.-
Total
6.320.340.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO
Código
Descripción
Presupuesto
Adicional
1974
200
SERVICIOS NO PERSONALES
400.000.-
230
TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE
400.000.-
231
Gastos por Pasajes
100.000.-
232
Viáticos
300.000.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
4.620.340.-
320
SUMINISTROS GENERALES
2.720.340.-
322
Vestuario
800.100.-
324
Alimentación
1.920.240.-
330
SUMINISTROS PARA CONSTRUCCIÓN Y
MANTENIMIENTO
1.500.000.-
335
Materiales para Construcción y Edificación
1.500.000.-
340
SUMINISTROS TÉCNICOS
400.000.-
342
Productos Farmacéuticos
400.000.-
400
ARTÍCULOS FIJOS Y FINANCIEROS
1.200.000.-
430
Maquinaria y Equipo
1.200.000.-
432
Maquinaria y Equipo de Producción
1.200.000.-
700
TRANSFERENCIAS
100.000.-
710
TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL
SECTOR PRIVADO
100.000.-
711
Pensiones, Donaciones y Premios
100.000.-
Total:
6.320.340.-
ARTÍCULO 3.- Este Presupuesto será ejecutado en cuotas correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre del presente año de acuerdo a las necesidades de la Junta Nacional de Desarrollo.
Los señores Ministros, en los Despachos de Finanzas y de Estado, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Natusch Busch, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.
TEXTO DE CONSULTA
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