TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 21313

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que el Fondo Nacional de Exploración Minera fué creado mediante Decreto Ley Nº 14549 de abril 26 de 1977, constituyéndose en Empresa pública de fomento, cuyo principal objetivo es el de promover el descubrimiento, desarrollo y factibilización de la exploración de reserves minerales en todo el territorio nacional.

 

Que el Supremo Gobierno de la Nación, ha suspendido temporalmente el pago de regalías mineras que se constituían en la fuente principal de ingresos de la Entidad, los mismos que eran destinados a proyectos de inversión y cumplimiento de las específicas funciones del Fondo Nacional de Exploración Minera.

 

Que la entidad ha contraído obligaciones con el Banco Mundial y el Convenio Boliviano Alemán para la implementación de proyectos de exploración minera.

 

Que con al objeto de no paralizar los proyectos programados para la presente gestión por la Entidad, se hace necesario efectuar el traspaso interisntitucional de de fondos del Presupuesto asignado al Ministerio de Finanzas al del Fondo Nacional de Exploración Minera

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

Autorizar al Ministerio de Finanzas efectúe traspaso interinstitucional por la suma de $b. 2.485.686.000.000.- (DOS BILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS), de su presupuesto asignado, gestión 1986, al del Fondo Nacional de Exploración Minera, con cargo a recursos del Tesoro Nacional y de acuerdo al siguiente detalle:

 

PRESUPUESTO APROBADO GESTION 1986

DE:

 

 

 

 

 

 

ORGANISMO : MINISTERIO DE FINANZAS

 

 

 

 

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RECURSOS : TESORO NACIONAL

 

 

 

 

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

700

 

TRANSFERENCIAS

 

2.485.686.000.000.-

710

 

Al Sector Privado

 

2.485.686.000.000.-

714

 

Fondo Social de Emergencia

 

2.485.686.000.000.-

 

 

TOTAL

 

2.485.686.000.000.-

 

A:

 

 

ORGANISMO: FONDO NACIONAL DE EXPLORACION MINERA

 

 

CAPITULO II: INVERSION

 

 

PROGRAMA 02: EXPLORACION, PROSPECCION Y EVALUACION

 

 

 

 

PROYECTO 01: ASISTENCIA TECNICA Y FINANCIERA EN

PROSPECCION Y EXPLORACION

 

 

 

Código Descripción

Presupuesto

1986

100

 

SERVICIOS PERSONALES

 

263.054.000.000.-

110

 

Empleados Permanentes

 

213.538.000.000.-

112.

4

Categorías

 

21.341.000.000.-

114.

4

Aguinaldos

 

14.483.000.000.-

115.

4

Primas

 

14.483.000.000.-

117.

4

Sueldos

 

163.231.000.000.-

120

 

Empleados No Permanentes

 

2.700.000.000.-

130

 

Previsión Social

 

44.944.000.000.-

131.

4

Aporte Patronal al Seguro Social C.N.S.S. -

 

 

 

 

FOCAP - FREP

 

41.199.000.000.-

132.

4

Aporte Patronal para la Vivienda CONAVI

 

3.745.000.000.-

140

 

Otros Aportes (FOMO)

 

1.872.000.000.-

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

691.500.000.000.-

220

 

Servicios de Transporte y Seguros

 

1.500.000.000.-

225.

4

Seguros

 

1.500.000.000.-

250

 

Servicios Profesionales y Comerciales

 

690.000.000.000.-

252.

4

Estudios Investigaciones y Proyectos

 

690.000.000.000.-

 

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

1.371.864.000.000.-

440

Activos Financieros

1.371.864.000.000.-

442

Préstamos

1.371.864.000.000.-

 

TOTAL

2.326.418.000.000.-

 

 

 

CAPITULO II: INVERSION

 

 

 

PROGRAMA 02: EXPLORACION, PROSPECCION Y EVALUACION

 

 

PROYECTO 02: ASISTENCIA TECNICA DE EXPLORACION GRUPO DE . COOPERACION MINERA

 

100

SERVICIOS PERSONALES

157.768.000.000.-

110

Empleados Permanentes

127.144.000.000.-

112.4

Categorías

13.382.000.000.-

114.4

Aguinaldos

9.083.000.000.-

115.4

Primas

9.083.000.000.-

117.4

Sueldos

95.596.000.000.-

120

Empleados No Permanentes

2.700.000.000.-

130

Previsión Social

26.806.000.000.-

131.4

Aporte patronal al Seguro Social

 

 

C.N.S.S. FOCAP - FREP

24.571.000.000.-

132.4

CONAVI

2.235.000.000.-

140

Otros Aportes (FOMO)

1.118.000.000.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES

1.500.000.000.-

220

Servicios de Transporte y Seguros

1.500.000.000.-

225

Seguros

1.500.000.000.-

 

T o t a l :

159.268.000.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y seis años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Fernando Barthelemy M. Fernando Valle Q., Antenor Santa Cruz, Min. Finanzas a.i., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos C., Carlos Pérez G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Franklin Anaya V., Juan Carlos Duran Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Caceres D., Antonio Tovar P.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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