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DECRETO SUPREMO Nº 11784

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, es deber del Estado, fomentar el deporte en todas sus manifestaciones y contribuir a proporcionar los campos indispensables para las prácticas deportivas.

 

Que, el Club de Tennis “Cochabamba”, no cuenta con una cancha olímpica, donde puedan realizarse los Juegos Bolivarianos próximos a efectuarse en nuestro país.

 

Que, la H. Municipalidad de Cochabamba, posee terrenos contiguos a la propiedad del Club de Tennis Cochabamba, que pueden ser utilizados en la construcción de una cancha olímpica.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la H. Municipalidad de Cochabamba, transferir en calidad de venta, al Club de Tennis Cochabamba, el lote de 2.048 mts2. (dos mil cuarenta y ocho metros cuadrados) de extensión, situado en las inmediaciones de los campos que posee la mencionada Institución Deportiva y contiguos al Parque Arqueológico, con destino a la construcción de una cancha olímpica y otras auxiliares, cuyos límites son: Al Norte con la margen del río Rocha; al Sud con la Avenida Ramón Rivero; al Este con el Parque Arqueológico y al Oeste con las dependencias del Club de Tennis Cochabamba.

 

Los señores Ministros del Interior, Migración y Justicia y de Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Oscar Quiroga Terán, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Alberto Natusch Busch, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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