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DECRETO SUPREMO Nº 11740

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, los Ministro de Trabajo y Asunto Sindicales, Finanzas y Previsión Social y Salud Pública en representación del Supremo Gobierno y mediante Resolución Interministerial Nº 075/74 de fecha 1º de marzo del presente año, han acordado pagar la suma de $b. 1.000.- hora mes, a los médicos empleados que prestan servicios en el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública y otros Organismos del Gobierno de acuerdo con el Art. 10º del Estatuto del Médico Empleado.

 

Que, los anteriores beneficios alcanzan al personal del Centro de Medicina de la Comisión Boliviana de Energía Nuclear, para cuya efectivización se hace indispensable efectuar traspaso de fondos dentro del Presupuesto interno de la Comisión Boliviana de Energía nuclear exceptuando la prohibición de Art. 6º del D.S. Nº 11356 de 22 de febrero del presente año en forma extraordinaria y por esta única vez.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Comisión Boliviana de Energía Nuclear, dependiente del Minsterio de Mineria y Metalurgia, efectuar traspaso de fondos dentro de su Presupuesto de la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de CIENTO DIECISEIS MIL QUINIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 116.500.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

DE:

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 116.500.-

 

430 MAQUINARIA Y EQUIPO 116.500.-

 

435 Equipo de Laboratorio e investigación 116.500.-

TOTAL: 116.500.-

 

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 116.500.-

 

110 EMPLEADOS PERMANENTES 116.500.-

 

113 Bonos 99.800.-

 

115 Aguinaldo 16.700.-

TOTAL: 116.500.-

 

Los señores Ministros de Finanzas, Minería y Metalurgia y Trabajo y Asuntos Sindicales quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayaroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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