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DECRETO SUPREMO Nº 11730

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Servicio Nacional de Caminos ha convocado a propuestas mediante Licitacion Pública Nº 23/73, Item Nº 31 para la provisión de dos camiones maestranza, con fondos del Crédito “CACEX”.

 

Que, una vez que se procedió a la apertura de propuestas conforme los requisitos legales de la materia acta de fecha 8 de mayo de 1974 (Acta Nº 126/74), y conocido el informe de la Comision Calificadora, la Honorable Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de fecha del 29 de mayo de 1974 (Acta Nº 127/74), adjudicó la propuesta a favor de la firma comercial “S.HOWSOM S.A.’.

 

Que, por el monto de la propuesta es necesario aprobar la adjudicación de la Honorable Junta de Almonedas mediante Decreto Supremo de conformidad a lo dispueto por el Decreto Supremo Nº 11356 de fecha 22 de febrero de 1974.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudiccaión efectuada por la Honorable Junta de Almoneda del Servicios Nacional de Caminos en su reunión de fecha 29 de mayo de 1974, en favor de la firma comercial “S.HOWSOM” S.A.” por el monto que se señala y en las condiciones adjudicadas;

 

Provisión de dos camiones Maestranza por el precio total de OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS 86/100 DOLARES AMERICANOS ($us 81.462.86).

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Banco Central de Bolivia deberá emitir las cartas de Crédito correspondiente en favor de la firma “S.HOWSOM S.A.” Crédito “CACEX”.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Autorízase a los señores Directores del Servico Nacional de Caminos, Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno, para que en representación del Estado suscriban el contrato respectivo con los personeros de la firma adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.

 

Los señores Ministros de Estado los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de agosto de mil noveciento setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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