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DECRETO SUPREMO Nº11682

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Junta de Adquisiciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, de acuerdo a su Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado mediante D.S. Nº 11397 de fecha 26 de marzo de 1974, ha procedido a la autorización y aprobación consiguiente de la adquisición de cañería de línea, en trámite “Compra Directa” prevista por el artículo 23 de su Reglamento.

 

Que, dicha disposición excepcional, se ajusta en su aplicación al momento actual de crisis de aprovisionamiento de equipo y material por la que atraviesa el mercado internacional de abastecimiento en la rama petrolera.

 

Que, la entidad estatal del petróleo por estas circunstancias debe agilizar sus procedimientos legales de adjudicaciones, a fin de no ocasionar la paralización de sus proyectos específicos, mereciendo por consiguiente de parte de los organismos de Gobierno, la cooperación necesaria al logro de sus objetivos.

 

Que, el perfeccionamiento legal de estas adjudicaciones, por montos superiores a $us. 2.000.001 de acuerdo al Art. 2 del D.S. Nº 11897 de 26 de marzo de 1974, debe efectuar mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adquisición de la “Compra Directa” efectuada por la Junta de Adquisiciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en favor de la firma MANORICH AND. CO. AG. representada por GAMMA, para la provisión de 10.000 toneladas de Cañería de Línea, al precio de $us. 975.00 la tonelada, en las condiciones a negociarse, por la Gerencia General según autorización de la Junta de Y.P.F.B.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Energía e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento de este Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la cuidad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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