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DECRETO SUPREMO Nº 11652

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Nacional de Caminos convocó a propuestas para la construcción de la carretera asfaltada Río Seco-Huarina, las Actas de apertura y adjudicación y todos los documentos pertinentes;

 

Que, cumpliendo las formalidades establecidas por Ley, una vez publicada la Convocatoria a Propuestas, se llevó a cabo la reunión de la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos en fecha 2 de abril de 1974, en la misma que se procedió a la apertura de propuestas, habiéndose presentado las siguientes Empresas: 1)CONCIL; 2) CONSORCIO WOODMAN-COMBO; 3) EMPRESA ASOCIADAS PETRICEVIC-AZCUI; 4) INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS; 5) CRIVELLI-CUENYA-CONSTRUCCIONES NEIJIDI; 6) INGENIEROS ASOCIADOS LIMITADA; 7) OLMEDO-CONORBOL;

 

Que, en fecha 6 de mayo de 1974 la mencionada Junta consideró y aprobó el Informe de la Comisión Técnica Calificadora, adjudicando por unanimidad la Propuesta a Empresas Asociados Cesar Petricevic Azcui, para la construcción del camino asfaltado Rio Seco – Huarina.

 

Que, corresponde al Supremo Gobierno aprobar la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos mediante Decreto Supremo en Consejo de Ministros, conforme a lo dispuesto por el Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 11356 de 22 de febrero de 1974.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de 6 de mayo de 1974, para la construcción de la carretera asfaltada Río Seco-Huarina, en favor de EMPRESAS ASOCIADAS CESAR PETRICEVIC-AZCUI, por la suma total de TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL NOVENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 35.840.090.-) más NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 977.250.-).

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Ministros de Finanzas, Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Contralor General de la República Fiscal de Gobierno, y Director del Servicio Nacional de Caminos, suscribir el respectivo contrato con los personeros de la Empresa adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.

 

Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de julio de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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