TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 11563

DECRETO SUPREMO Nº 11563

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. N° 11356 de 22 de febrero del año en curso se ha aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público en el que no se ha incluido el total de los aportes de la Aduana Nacional destinados a la Corporación Regional de Desarrollo del Noroeste, en razón de haberse establecido las cifras definitivas por concepto de recaudaciones con posterioridad a la dictación de la anterior norma legal.

Que, los incrementos provenientes de los anteriores aportes permiten a la Corporación Regional de Desarrollo del Noroeste ampliar sus actividades en diversos campos, posibilitando la contratación de profesionales especializados en proyectos de planificación, con cargo a sus recursos propios, por lo que corresponde disponer la aprobación de su Presupuesto Adicional con cargo a recursos propios.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación Regional de Desarrollo del Noreste con cargo a recursos propios, por la suma de CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 422.600.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, de acuerdo al siguiente detalle.

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE-LOS RECURSOS:

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

1974

 

I

 

NACIONALES

 

422.600.-

2.-

Recursos Propios

422.600.-

 

Total

422.600.-

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

Código

 

Descripción

Presupuesto

Adicional

1974

 

100

 

SERVICIOS PERSONALES

 

422.600.-

110

EMPLEADOS PERMANENTES

359.700.-

111

Haberes Básico

256.800.-

112

Categorías

57.800.-

113

Bonos

27.900.-

115

Aguinaldo

12.200.-

 

 

 

116

Asignaciones Familiares

5.000.-

140

PREVISION SOCIAL

62.900.-

141

Caja Nacional de Seguridad Social

61.600.-

142

Consejo Nacional de Vivienda

1.300.-

 

Total:

422.600.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior quedan encargados de la ejecución y cumplimiento, del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ; Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luís Leigue Suarez, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Edwin Tapia Frontanilla, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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