TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 21154

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional "COFADENA", ha efectuado Licitación Pública para la provisión de siete tractores agrícolas más sus implementos para sus empresas dependientes;

 

Que se han cumplido con todas las disposiciones de la Ley de Adquisiciones del Sector Público, aprobada mediante Decreto Ley No. 15223 de 30 de diciembre de 1977, es del caso aprobar la adjudicación realizada por la Junta de Licitaciones de la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional, mediante Decreto Supremo de acuerdo con lo determinado por el D.S. 20360 de 26 de julio de 1984.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Aprobar la adjudicación en favor de la firma SOCOIMPEX S.R.L. para la provisión de siete tractores agrícolas marca Universal de procedencia Rumana con más sus implementos por un total de $us. 124.315.-- ,(CIENTO VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS QUINCE 00/100 DOLARES AMERICANOS), encomendándose a la Corporación de la Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional la suscripción del correspondiente contrato, con intervención del Contralor de la República.

 

ARTÍCULO 2.- Las erogaciones anteriores se efectúaán con recursos propios y presupuestos por COFADENA.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araoz Levy, Fernando Barthelemy Martinez , Fernando Valle Quevedo, Roberto Gisbert Bermúdez, Guillermo Bedregal Gutierrez, Douglas Ascarrunz Eduardo, Enrique Ipiña Melgar, Nestor Dalenz Mejía, Hugo Rodriguez Serrano, Walter Costas Badani, Sinforoso Cabrera Romero, Mauricio Mamani Pocoaca, Orlando Donoso Torres, Guillermo Riveros Tejada, Carlos Alcides Aliaga Ayoroa, Antonio Tovar Piérola, Reynaldo Peters Arzabe, Fernando Cáceres Díaz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|