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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 21142

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

Que en fecha 29 de abril de 1985 el Minis tarta de Finanzas por intermedio del Tesoro General de la Nación, adjudicó a la Imprenta "CONTABILIDAD RUF" y "NACIONAL", la impresión de los Items "CARATULAS PARA EXPEDIENTES" y "FORMULARIO No. 128 CERTIFICADO DE MATRIMONIO" respectivamente, que corresponde a la Licitación Pública No. 1/85, adjudicación que fue aprobada mediante Resolución Suprema No. 200335 de fecha 31 de julio de 1985.

 

Que la Imprenta "NACIONAL", mediante Memorial de 21 de agosto da 1985, manifestó su desistimiento para la ejecución del trabajo adjudicado, debido a la permanente elevación de precios de los insumos.

 

Que en virtud de que aún no ha sido suscrito el Contrato de Trabajo, la Imprenta "CONTABILIDAD RUF" con Memorial de fecha 23 de agosto de 1985 solicitó un reajuste del 425 % , aduciendo la Incidencia de las medidas devaluatorias y repetidos reajustes salariales producidos en la anterior gestión de Gobierno, sobre los costos de impresión.

 

Que por los Informes de la Dirección de Control Interno y la Dirección de Asuntos Legales y Jurídicos del Ministerio de Finanzas, de fecha 19 y 13 de septiembre de 1985 respectivamente, se considera viable el reajuste solicitado en vista de haberse presentado circunstancias económicas extraordinarias e imprevisibles.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- A solicitud de parte, déjase sin efecto la adjudicación a la Imprenta "Nacional" del item "FORMULARIO No.128 - CERTIFICADO DE MATRIMONIO", que fue aprobada mediante Resolución Suprema No. 200335 de 31 de julio de 1985

 

ARTÍCULO 2.- Autorizar al Tesoro General de la Nación para que proceda al reajuste en un 400% (CUATROCIENTOS POR CIENTO) sobre el monto adjudicado mediante Resolución Suprema No. 200335 de fecha 31 de julio de 1985 a la Imprenta "CONTABILIDAD RUF" correspondiente a la impresión de 500,000 piezas "CARATULAS PARA EXPEDIENTES" de acuerdo al siguiente detalle:

 

Monto adjudicado (R.S. No 200335) $b. 4.095.000.000.-- Reajuste del 400% ” 16.380.000.000.-- MONTO REAJUSTADO A PAGAR A LA IMPRENTA $b. 20.475.000.000.--

 

SON: VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS.

 

El señor Ministro de Finanzas, queda en cargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia, Fernando Bartnelemy Martínez, Fernando Valle Q., Roberto Gisbert B., Guillermo Bedregal G., Doules Ascarrumz E., Enrique Ipiña M., Néstor Dalenz M., Hugo Rodríguez S., Walter Costas B., Sinforoso Cabrera R., Mauricio Mamani P., Orlando Donoso T., Guillermo Riveros T., Carlos Alcides Aliaga Ayoroa, Antonio Tovar P., Reynaldo Peters Arzabe, Fernando Cáceres Díaz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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