Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

DECRETO SUPREMO N° 21133

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE INSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la hermana República de Colombia viene soportando en la localidad de Armero, la erupción del volcán "Nevado del Ruíz" que devastó varias poblaciones por la avalancha de nieve derretida, provocando el desborde de ríos en dicha zona.

 

Que el desastre natural arrazó sembradíos y viviendas dejando el saldo de 25.000 muertos y cifra considerable de heridos.

 

Que el Gobierno boliviano se solidariza con el dolor, llanto y luto del hermano país colombiano haciéndose necesario el deseo de ayuda a los damnificados del citado desastre.

 

Que para este fin se ha conformado la Comisión de Solidaridad con el pueblo Colombiano integrado por la Presidencia de la República y los Ministerios de Relaciones Exteriores y Culto, Finanzas y Defensa Nacional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Comisión de Solidaridad con el pueblo Colombiano, adquirir en forma directa vituallas, frazadas, medicina y otros para el envió directo a los damnificados de la hermana República de Colombia.

 

ARTÍCULO 2.- Las adquisiciones mencionadas en el articulo anterior deberán ser efectuadas hasta un monto total de $b. 12'000.000.000.-- DOCE MIL MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS), erogación que deberá imputarse a la Partida 262 "Asignaciones Globales" del Presupuesto vigente de la Presidencia de la Repúblicas y Ministerio de Finanzas.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de noviembre de mil nove -cientos ochenta y cinco años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araoz Levy, Fernando Barthelemy Martínez, Fernando Valle Q, Roberto Gisbert B., Guillermo Bedregal G., Douglas Ascarrumz E., Enrique Ipiña M., Néstor Dalenz M., Hugo Rodríguez S., Walter Costas Badani, Sinforoso Cabrera Romero, Mauricio Mamani P., Orlando Donoso T., Guillermo Riveros T., Carlos Alcides Aliaga A., Antonio Tovar P., Reynaldo Peters Arzabe, Fernando Cáceres Díaz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja