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DECRETO SUPREMO Nº 16979

GRAL. DIV. DAVID PADILLA

ARANCIBI A

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE

GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante D.L. No 16155 de lo de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, é impulsar el desarrollo económico y social del país.

 

Que, la suma aprobada para la Prefectura del Departamento de Cochabamba en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a recursos de Saldo Gestión Anterior.

 

Que, la Prefectura del Departamento de Cochabamba, en su presupuesto de gestión por el presente período, ha consignado unicamente la suma de $b.-- 4.000.000.-, en las partidas correspondientes a su Funcionamiento, aspecto que le imposibilitan la cobertura de sus actuales obligaciones, no obstante contar con los respectivos recursos propios por saldo de gestión anterior considerados como ahorro presupuestario.

 

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Cochabamba con cargo a fondos provenientes de Recursos de Saldo Gestión Anterior por la suma de DOS MILLONES TRECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b 2.321.200.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

Código

Fuente

Presupuesto.
Adicional

1979

I

NACIONALES

3.221.200.--

5.-

Otros

2.321.200.--

5.2

Saldo Gestión Anterior

2.321.200.--

 

TOTAL::

2.321.200.--

 

 

E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

 

Recursos Apropiados por Capítulos y Programas:

 

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional

1979

I

FUNCIONAMIENTO

1.781.200.--

01

PROGRAMA: ADMINISTRACION CENTRAL

1.781.200.--

II

INVERSION

540.000.--

 

PROGRAMA: OBRAS PUBLICAS

540.000.--

 

Tota1:

2.321.200.--

 

CAPITULO I: FUNCIONAMIENTO

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional

1979

100

SERVICIOS PERSONALES

659.200.--

110

Empleados Permanentes

601.900.--

113.5.2

Bonificaciones

479.500.--

114.5.2

Aguinaldos

77.400. --

116.5.2

Asignaciones Familiares

54.000.--

130

Previsión Social

57.300.--

132.5.2

Aporte Patronal para Vivienda

12.300.--

132.5.2

Aporte Patronal para FOCAP

6.200.--

132.5.2

Aporte Patronal para FREP

38.800.--

-,

200

SERVICIOS NO PERSONALES

700.000.--

260

Otros Servicios No Personales

700.000.--

262.5.2

Asignaciones Globales

700.000.--

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

40.000.--

310

Para Oficina

30.000.--

311.5.2

Papelería y Suministros Varios

30.000.--

320

Para Usos Varios

10.000.--

322.5.2

Vestuario y Textiles

10.000.--

500

 

DEUDA PUBLICA

42.000.--

510

Interna

42.000.--

514.5.2

Créditos Reconocidos

42.000.--

700

TRANSFERENCIAS

340.000.--

710

Al Sector Privado

140.000.--

711.5.2

Pensiones, Donaciones y Premios

70.000.--

713.5.2

Subsidios o Subvenciones

70.000.--

720

Al Sector Público

200.000.--

721.5.2

Transferencias Corrientes por

 

 

Participación en Tributos

200.000.--

 

Administración Descentralizada

200.000.--

 

2.- Instituciones Públicas

200.000.--

 

Universidad Mayor San Simón

200.000.--

 

T o t a 1 :

1.781.200.--

 

CAPITULO II : INVERSION

 

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

540.000.--

430

Maquinaria y Equipo

540.000.--

431.5.2

Equipo de Oficina y Muebles

50.000.--

433.5.2

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación

490.000.--

 

T o t a l :

540.000.--

 

TOTAL PRESUPUESTO ADICIONAL

2.321.200.--

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas é Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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