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DECRETO SUPREMO Nº 16963

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA

MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante D.L. Nº 16155 de 1º de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, é impulsar el desarrollo económico y social de1 país.

 

Que, la suma aprobada para la Corporación de Desarrollo de Cochabamba (CORDECO), en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a Recursos Propios.

 

Que, la Corporación de Desarrollo de Cochabamba (CORDECO), en virtud al D.S. Nº 16640 de 28 de junio del presente año, ha incrementado sus ingresos ordinarios, lo que le permite cancelar el bono de $b. 500.- mensuales a sus trabajadores dedicados a las labores de construcción, conforme dispone la R.S. Nº 190153 de 17 de mayo de 1979.

 

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el Informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo de Cochabamba (CORDECO), a fin de reforzar el presupuesto de la gestión 1979, con cargo a Recursos propios, por la suma de SETECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS.- oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.- -790.400.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO I: FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: ADMINISTRACION GENERAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

Código

Fuente

Presupuesto
Adicional
1979

I

NACIONALES

790.400.-

2.-

Recursos Propios

790.400.-

 

1% Ad Valorem D.S. 16640

de 28/6/79

790.400.-

 

Total:………………………

790.400.-

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional
1979

100

SERVICIOS PERSONALES

790.400.-

110

Empleados Permanentes

676.000.-

111.2

Haberes Básicos

572.000.-

114 2

Aguinaldos

104.000. -

130

Previsión Social

114.400.-

131.2

Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS)

114.400.-

 

Total:……………………………................

790.400.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno le la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguire, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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