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DECRETO SUPREMO Nº 16934

GRAL. DIV. DAVID PADILLA

ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE

GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante D.L. No 16155 de lo de febrero de 1979, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para su vigencia en la presente gestión fiscal, sobre bases de formulación presupuestaria que contemplan criterios de austeridad y adecuada asignación de los recursos del Sector Público.

 

Que, en este sentido el Capítulo VII Artículo 21 y siguientes adecúa un procedimiento especial en el tratamiento de los “Traspasos” de fondos que solicitan los diversos organismos dependientes del Gobierno a través del Ministerio de Finanzas, conforme a la referida Ley Financial.

 

Que, el Servicio de Agua Potable, Alcantarillado y Desagues Pluviales de Cochabamba “SEMAPA” ha solicitado traspaso de fondos para cubrir el pago del Bono de $b. 500.- por trabajador, emergente del Laudo Arbitral emanado del Ministerio de Trabajo, en favor de los trabajadores en la Construcción y no entorpecer la continuidad administrativa y de los proyectos en actual ejecución del Organismo mencionado.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas atribuciones, ha informado favorablemente por la solicitud, haciéndose viable de este modo la procedencia del traspaso solicitado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Servicio de Agua Potable, Alcantarillado y Desagues Pluviales de Cochabamba (SEMAPA) para que dentro de su Presupuesto vigente realice el traspaso de fondos con cargo a recursos provenientes del Tesoro Nacional por la suma de UN MILLON SETECIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.700.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:

 

PRESUPUESTO DE INVERSION

PROGRAMA 02: CONSTRUCCIONES

 

PROYECTO 01: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE

AGUA POTABLE

 

DE:

 

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

1.700.000.--

420.4

Construcciones, Reformas e Instalaciones

1.700.000.--

 

T o t a 1:

1.700.000.--

PRESUPUESTO DE FUNC IONAMIENTO

PROGRAMA 01: ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO

 

A:

100

SERVICIOS PERSONALES

1.700.000.--

110

Empleados Permanentes

1.700,000.--

113.4

113.4

Bonificaciones

1.700.000.--

 

Total:

1.700.000.--

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazu Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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