DECRETO SUPREMO N° 16909
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE
GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.L. No 16155 de lo de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión, fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, é impulsar el desarrollo económico y social del país.
Que, la suma aprobada para la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a Recursos Propios.
Que, la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros en el último semestre a incrementado sus fondos por servicios prestados dentro sus específicas funciones, como asímismo haber practicado una contabilidad actualizada de cuyos resultados se a obtenido saldos de la gestión anterior correspondiente a 1978.
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO ÚNICO.- Apruébese el presupuesto Adicional de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros a fin de reforzar el presupuesto de la gestión 1979 con cargo a Recursos Propios de la presente gestión fiscal, por la suma de VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL TRECIENTOS CUARENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 26.708.340.-), de acuerdo al siguiente detalle:
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Orígen de los Recursos:
Código
Fuentes
Presupuesto
Adicional
1979
I
NACIONALES
26.708.340.-
2.-
Recursos Propios
3.691.609.-
c) Comisiones Puertos
3.691.609.-
5.-
Otros
23.016.731.-
5.2
Saldo Gestión Anterior
23.016.731.-
Total :
26.703.340.-
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
CAPITULO 1: FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01: ADMINISTRACION GENERAL
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código
Descripción
Presupuesto
Adicional
1979
100
SERVICIOS PERSONALES
1.640.000.-
110
Empleados Permanentes
1.150.000.-
118.2
Otros por Servicios Personales
170.278.-
118.5.2
Otros por Servicios Personales
979.722.-
130
Previsión Social
490.000.-
131.5.2
Aporte Patronal al Seguro Social
490.000.-
200
SERVICIOS NO PERSONALES
3.591.330.-
210
Servicios Básicos
430.000.-
211.2
Comunicaciones
300.000.-
213.2
Publicidad
60.000.-
214.2
Imprenta
70.000.-
220
Servicios de Transporte y Seguros
661.330.-
221.2
Pasaje
261.330.-
224.2
Gastos de Instalación y Retorno
350.000.-
250
Servicios Profesionales y Comerciales
2.000.000.-
252.2
Estudios, Investigaciones y Proyectos
2.000.000.-
260
Otros Servicios No Personales
550.000.-
261.2
Tributos y Otros Gravámenes
200.000.-
262.2
Asignaciones Globales
350.000.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
1.100.000.-
310
Para Oficina
500.000.-
311.5.2
Papelería y Suministros Varios
500.000.-
320
Para Usos Varios
600.000.-
321.5.2
Limpieza y Usos Domésticos
50.000.-
323.5.2
Alimentos
200.000.-
325.5.2
Lubricantes y Combustible
100.000.-
327.5.2
Construcción y Edificación
100.000.-
328.5.2
Accesorio, Repuesto y Herramientas Menores
100.000.-
329.5.2
Materiales y Suministros
50.000.-
500
DEUDAS PUBLICAS
17.877.010.-
510
Interna
17.877.010.-
514.5.2
Créditos Reconocidos
17.877.010.-
600
RESERVAS
2.500.000.-
620.5.2
Sociales
2.500.000.-
a) Para Beneficio Sociales
2.500.000.-
T o t a l e s
26.708.340.-
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Jorge Echazu Aguirre Felix Villarroel Teran, Hermes Fellman Forteza, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.