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DECRETO SUPREMO N° 16892

GRAL. DIV. DAVID PADILLA

ARANCIBI A

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE

GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que habiendo ingresado el país a un proceso de constitucionalización en el que se normalizarán las distintas actividades del Estado, corresponde al Supremo Gobierno tomar las providencias mas adecuadas a efecto de regularizar el funcionamiento orgánico de los mandos militares que conforman el Comando En Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, para cuyo caso se requiere asignarle recursos económicos extraordinarios, necesarios al cumplimiento de sus fines específicos en lo que queda de la presente gestión fiscal, con proyección hacia sus actividades futuras.

 

Que, de acuerdo á las estimaciones efectuadas por el Departamento Administrativo del Gran Cuartel General de Miraflores, el Comando En Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación requiere con carácter de urgencia de $b. 1.000.000 para cubrir gastos no comprendidos en supuesto ordinario, referidos a relaciones públicas, logística e inteligencia militar.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Nacional para que con cargo a la Partida 262 "Asignaciones Globales" del Presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas, entregue al Comando En Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, la suma de DOS MILLONES 00/100 DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.000.000.-), destinados a cubrir gastos por concepto de relaciones públicas, logística e inteligencia militar.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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