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DECRETO SUPREMO N° 16870

GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Secretaría General de Deportes y Juventudes de la Presidencia de la República, es la Entidad Oficial del Estado Boliviano, que incentiva, promueve, planifica y ejecuta la política deportiva y juvenil del país.

 

Que, en fecha 26 de marzo de 1977, la Empresa Nacional de Ferrocarriles del Estado, mediante Convenio Especial con los Directivos del CLUB DE TENNIS “FERROVIARIO”, otorgó a título gratuito todas las instalaciones que se encuentran en los terrenos de los Campos Deportivos de la Entidad mencionada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Homológase en todas y cada una de sus partes el ACTA DE DIRECTORIO de fecha 26 de marzo de 1977, la misma que se refiere al Convenio Especial suscrito entre la Empresa Nacional de Ferrocarriles del Estado y el Club de Tennis “FERROVIARIO”, por el cuál la entidad estatal, transfiere a título gratuito, todas las instalaciones que ocupa la Organización Deportiva de referencia.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de Julio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusincanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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