DECRETO SUPREMO Nº 22257
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la ley 1052 de 8 de febrero de 1,989 aprobó el presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante la presente gestión fiscal;
Que el Servicio Geológico de Bolivia ha solicitado con nota 098/89 un traspaso intrainstitucional de recursos, dentro su presupuesto de inversión, gestión 1,989;
Que es posible dar curso a esa solicitud, en ejercicio de la atribución reconocida por el artículo 9 de la ley 1052, porque no contraviene el artículo 12 inciso b) del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1,986, ampliado en su vigencia por decreto supremo 21781 de 3 de diciembre de 1,987, habida cuenta que la entidad impetrante tiene suficiente apropiación presupuestaria.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al SERVICIO GEOLOGICO DE BOLIVIA efectuar, en su presupuesto de inversión gestión 1,989, el siguiente traspaso intrainstitucional de recursos, por la suma de CIENTO VEINTITRES MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs 123.500.-), financiados por el Tesoro General de la Nación (Fondo Nacional de Desarrollo Regional):
ORGANISMO : SERVICIO GEOLOGICO DE BOLIVIA
CAPITULO II : INVERSION
PROGRAMA 01 : PROSPECCION Y EXPLORACION GEOLOGICA
SUBPROGRAMA 01 : INVESTIGACION BASICA
PROYECTO 05 : PROSPECCION Y EXPLORACION DE
MINERALES BASICOS
RECURSOS : TESORO NACIONAL (FONDO DE
DESARROLLO REGIONAL)
GESTION : 1989
(en bolivianos)
DE:
400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 123.500
420 Construcciones, reformas e instalaciones 123.500
Total 123.500
A:
100 Servicios personales 17.523
120 Empleados no permanentes 14.850
130 Previsión social 2.673
131 Aporte patronal al seguro social 2.376
132 Aporte patronal para vivienda 297
200 SERVICIOS NO PERSONALES 84.440
210 Servicios básicos 2.000
211 Comunicaciones 400
213 Publicidad 600
214 Imprenta 1.000
220 Servicios de transporte y seguros 79.240
221 Pasajes 5.540
222 Viáticos 73.000
225 Seguros 700
230 Alquileres 800
231 Edificios y terrenos 800
260 Otros servicios no personales 2.400
263 Otros servicios no personales 2.400
300 MATERIALES Y SUMINISTROS 21.537
310 Para oficina 600
311 Papelería y suministros varios 600
320 Para usos varios 20.937
322 Vestuarios y textiles 1.260
325 Lubricantes y combustibles 14.250
326 Médicos, farmacéuticos, químicos y de laboratorio 1.600
328 Accesorios, respuestos y herramientas menoes 3.417
329 Otros materiales y suministros 410
TOTAL 123.500
Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Minería y Metalurgia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentin Abecia Baldivieso, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Carlos Jaldín Guevara Min Aeronáutica a.i.