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DECRETO SUPREMO N° 14240

GRAL. HUGO BANZER SUÁREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA) solicita autorización para efectuar traspaso de fondos de su Presupuesto de Inversión al de Funcionamiento, con el fin de subsanar su liquidez en Servicios Personales a efecto de cubrir sus obligaciones en el pago de haberes a su personal.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, se pronuncia por la viabilidad del traspaso solicitado, en razón de que la situación presupuestaria señalada requiere de una solución definitiva e inmediata para evitar insolvencia del Organismo en el pago de haberes, por lo que se estima de urgencia efectuar el traspaso de fondos del Capítulo de Inversión al de Funcionamiento, por los montos de $b. 1.121.900 y $b. 1.000.000. con cargo a fondos del Tesoro Nacional y Transferencias otorgadas por la Alcaldía Municipal de Cochabamba respectivamente.

 

Que, corresponde al Poder Ejecutivo autorizar el meritado traspaso de fondos, exceptuando la prohibición contenida en el Art. 21 del D.L. 13384 de 20 de febrero del presente año y de acuerdo al detalle de cuentas elaborado por la Dircción General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba, para que dentro de su Presupuesto vigente, realice el traspaso de fondos por la suma de DOS MILLONES CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.121.900.-), con cargo a saldos líquidos de fondos del Tesoro Nacional y Transferencias de la Alcaldía Municipal de Cochabamba, de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

CAPITULO DE INVERSION

 

 

PROGRAMA 02: CONSTRUCCIONES

 

Proyecto 01: Mejoramiento del Sistema de Agua

 

 

potable de Cochabamba.

De:

 

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

1.121.900.-

270

SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES

1.121.000.-

271.4.1

Honorarios

1.121.900.-

500

DEUDA PUBLICA

1. 000.000.-

520

 

DEUDA PUBLICA EXTERNA

1.000.000.-

522.4.2

Intereses.

1.000.000.-

 

Total:

 

2.121.900.-

 

.. .

 

CAPITULO DE FUNCIONAMIENTO

 

 

PROGRAMA 01: ACUEDUCTOS

 

 

ALCANTARILLADO

 

A:

 

 

100

SERVICIOS PERSONALES

2.121.900.-

110

EMPLEADOS PERMANENTES

2.053.100.-

111.4.1

Haberes Básicos

 

73.800.-

111.4.2

Haberes Básicos

15.700.-

112.4.2

Categorías

26.200.-

113.4.1

Bonos

630.800.-

113.4.2

Bonos

841.300.-

115.4.1

Aguinaldos

352:300.-

115.4.2

Aguinaldos

13.000.-

116.4.1

Asignaciones Familiares

50.000.-

116.4.2

Asignaciones Familiares

 

50.000.-

. , •

120.4.1

.

EMPLEADOS NO PERMANENTES

15.000.-

140

PREVISION SOCIAL

53.800.-

141.4.2

Caja Nacional de Seguridad Social

21.000.-

171.4.2

Consejo Nacional de Vivienda

32.800.-

 

Total:

2.121.900.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ventiocho días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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