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DECRETO SUPREMO N° 14230

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Servicio Nacional de Caminos tiene necesidad de adquirir una excavación con destino a “OBRAS SOCIALES DE CAMINOS DE ACCESO RURAL” (OSCAR), quien se encuentra ejecutando la construcción del camino Guanay-Mapiri;

 

Que, el Banco Minero de Bolivia oferta para entrega inmediata la máquina requerida por la Entidad Vial;

 

Que, el precio ofertado por el Banco Minero es muy conveniente a los intereses del Estado;

 

Que, por otra parte, es la única Entidad que cuenta con existencia para entrega inmediata, además de ser una Entidad dependiente del Estado;

 

Que, es necesario autorizar la compra directa mediante Decreto Supremo de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 12262 de 24 de febrero de 1975;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Servicio Nacional de Caminos, para que proceda a la compra directa del Banco Minero de Bolivia, de una Excavadora Modelo E-304B con todos sus accesorios, por el precio total de $us. 36.000.000 (TREINTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), equivalente a $b.---- 734.400.00 (SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS).

 

ARTÍCULO 2.- El valor total será cubierto con recursos del Servicio Nacional de Caminos, debiendo destinarse la máquina adquirida a “OBRAS SOCIALES DE CAMINOS DE ACCESO RURAL” (OSCAR).

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, que dan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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