DECRETO SUPREMO N° 14208
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Instituto Nacional de Estadística solicita autorización para efectuar traspaso de fondos, con la finalidad de reforzar los Grupos 100 “Servicios Personales”. 200 “Servicios No Personales” y 300 “Materiales y Suministros” dentro del Programa 02 “Censo Nacional de Población y Vivienda” de su Presupuesto vigente, con cargo a saldos líquidos disponibles de recursos del Tesoro Nacional.
Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas se establece que la proyección del gasto al 21 de diciembre de la presente gestión fiscal justifica plenamente el traspaso solicitado, habiéndose determinado que las partidas presupuestarias a deducir presentan saldos líquidos disponibles para efectuar un refuerzo financiero en aquellas partidas que al presente muestran agotamiento en sus saldos, especialmente en la Partida 120 “Empleados No Permanentes”.
Que, corresponde al Poder Ejecutivo autorizar el referido traspaso de fondos, exceptuando la prohibición contenida en el Artículo 21 del D.L. N° 13384 de 20 de febrero de 1976, con el detalle de cuentas elaborado por la Dirección General de Presupuesto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Instituto Nacional de Estadística para que dentro de su Presupuesto vigente, realice el traspaso de fondos por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.312.300.-), de acuerdo al siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
RECURSOS : TESORO NACIONAL
DE :
PROGRAMA 01 : ESTADISTICAS Y CENSOS
100
120.4
200
220
221.4 222.4
230
231.4 232.4
260
SERVICIOS PERSONALES
EMPLEADOS NO PERMANENTES
SERVICIOS NO PERSONALES
PUBLICIDAD E IMPRENTA
Publicidad
Imprenta
TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE
Gastos por Pasajes
Viáticos
MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
110.000.-
110.000.-
807.600.-
41.300.-
29.900.- 11.400.-
674.700.-
195.800.- 478.900.-
61.600.-
261.4 262.4
270
271.4
290
292.4
300
310
311.4 312.4 313.4
320
321.4 322.4
330
331.4 337.4
333.4 335.4
350
351.4
Edificios
Equipo
SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES
Honorarios
OTROS SERVICIOS NO PERSONALES
Otros Servicios No Personales
MATERIALES Y SUMINISTROS
SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES
Papelería
Publicaciones
Suministros Varios de Oficina
SUMINISTROS GENERALES
Materiales para Limpieza y Usos Domésticos
Vestuario.
SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
Lubricantes y Combustibles
Accesorios y Repuestos para Maquinaria y Equipo
Herramientas Menores
Materiales para Construcción y, Edificación
OTROS SUMINISTROS
Otros Suministros
Total:
19.800.- 41.800.-
10.000.-
10.000.-
20.000.-
20.000.-
252.800.-
50.900.-
6.700.-
39.900.-
4.300.-
10.000.-
600.-
9.400.-
103.300.-
47.000.-
24.800.-
5.000.-
26.500.-
88.600.-
88.600.-
1.170.400.-
PROGRAMA 02 : CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDA
200
210
211.4
230
231.4
250
251.4 252.4
260
261.4 262.4
270
272.4 274.4 275.4
280
282.4
300
310
312.4 313.4
320
321.4 322.4 328.4
330
331.4
332.4
333.4 334.4
335.4
350
351.4
SERVICIOS NO PERSONALES
COMUNICACIONES Y SERVICIOS PUBLICOS
Correos, Cables, Telégrafos
TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE
Gastos por Pasajes
ALQUILERES
Edificios y Terrenos
Equipo de Oficina
MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
Edificios
Equipo
SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES
Servicios Médicos, Sanitarios y Sociales
Comisiones y Gastos Bancarios
Lavandería, Limpieza e Higiene
TRIBUTOS Y OTROS GRAVÁMENES
Tasas y Patentes
MATERIALES Y SUMINISTROS
SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES
Publicaciones
Suministros Varios de Oficina
SUMINISTROS GENERALES
Materiales para Limpieza y Usos Domésticos
Vestuario
Otros Suministros Generales
SUMINISTROS PARA CONSTRUCCIÓN
Y MANTENIMIENTO
Lubricantes y Combustibles
Accesorios y Repuestos para Maquinaria y Equipo
Herramientas Menores
Productos Químicos y Conexos
Materiales para Construcción y Edificación
OTROS SUMINISTROS
Otros Suministros
Total:
605.900.-
20.100.-
20.100.-
345.100.-
345.100.-
57.600.-
26.000.- 31.600.-
55.200.-
10.800.- 44.400.-
91.500.-
75.000.-
5.400.-
11.100.-
36.400.-
36.400.-
536.000.-
181.500.-
60.100.- 121.400.-
41.300.-
2.900.-
5.600.-
32.800.-
305.200.-
133.200.-
60.000.- 17.300.- 59.700.- 35.000.-
8.000.-
8.000.-
1.141.900.-
A:
PROGRAMA 02 : CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDA
100
120.4
200
220
221.4 222.4
230
232.4 233.4
240
243.4
250
253.4 254.4
300
310
311.4
SERVICIOS PERSONALES
EMPLEADOS NO PERMANENTES
SERVICIOS NO PERSONALES
PUBLICIDAD e IMPRENTA
Publicidad
Imprenta
TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE
Viáticos
Fletes y Almacenamiento
SEGUROS
Automotores y Aeronaves
ALQUILERES
Otra Maquinaria y Equipo
Otros Alquileres
MATERIALES Y SUMINISTROS
SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES
Papelería
1.685.000.-
1.685.000.-
526.800.-
313.800.-
300.800.- 13.000.-
112.900.-
20.000.- 92.900.-
16.300.-
16.300.-
83.500.-
39.500.- 44.000.-
100.800.-
81.800.-
81.800.-
320
324.4
SUMINISTROS GENERALES
Alimentos
Total:
19.000.-
19.000.-
2.312.300.-
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.