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DECRETO SUPREMO Nº 14193

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, para contribuir a la solución de los problemas emergentes de la Fiebre Hemorrágica que se presentó en la zona de Magdalena, mediante Resolución Ministerial N° 473-69 de 14 de noviembre de 1969, cedió en forma temporal las instalaciones del Centro de Demostraciones de Magdalena, Provincia Itenez del Departamento del Beni, al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.

 

Que, en la actualidad los terrenos é instalaciones mencionadas, no cumplen ninguna función social y tampoco están siendo utilizados en los fines de los Ministerios aludidos, siendo por tanto necesario asígnales un propósito útil y de provecho para la zona.

 

Que, la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, tiene el propósito de ejecutar planes de desarrollo socioeconómico en favor de los pobladores de la zona de Magdalena.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Abrógase la resolución Ministerial número 473-69, dictada por el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, en fecha 14 de noviembre de 1969.

 

ARTÍCULO 2.- Transfiérense a título gratuito, los terrenos mencionados, con una extensión de 505.06 hectáreas, las instalaciones, implementos y enseres del Centro de Demostraciones de Magdalena, Provincia Iténez del departamneto del Beni, en favor de la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República.

 

ARTÍCULO 3.- La transferencia del Centro de Demostraciones de Magdalena del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios en favor de la mencionada Junta, se la hará cumpliendo todas las formalidades de Ley, y con la intervención de la Contraloría General de la República.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, de Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y esis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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