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DECRETO SUPREMO N° 14183

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Junta de Almonedas de la Caja de Seguro Social de Chóferes, ha adjudicado las propuestas formuladas a su convocatoria N° 2-76 de mayo de 1976, en favor de varias firmas proveedoras de productos farmacéuticos de industria nacional, con destino tal consumo de sus centros asistenciales;

 

Que, el Instituto Boliviano de Seguridad Social, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley N° 10776 de 23 de marzo de 1973, ha expedido dictámen favorable a dicha adquisición mediante Resolución Administrativa, por cuyo motivo corresponde aprobar y autorizar la compra en observancia de lo previsto por el inc. d) del artículo 14 del Decreto Ley N° 13384 de 20 de febrero de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de la Caja de Seguro Social de Chóferes para la adquisición de productos farmacéuticos a las siguientes firmas:

 

Laboratorios Alfa $b. 58.770.00

Laboratorios Esfasa ” 24.448.00

Laboratorios Guzmán ” 17.500.00

Droguería Inti ” 261.253.60

Laboratorio Minerva ” 28.120.00

Laboratorios Quinfa ” 14.748.00

Laboratorios Albus ” 89.980.00

Laboratrios Vita ” 251.481.00

 

Por un valor total de SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS 60/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.-- 746.300.60), de acuerdo con los terminos de la Resolución adoptada por la Junta de Almonedas de dicha institución.

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los ejecutivos de la Caja de Seguro Social de Chóferes, suscribir los contratos respectivos, con la participación de los señores Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca, Alfonso Villalpando Armaza.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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