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DECRETO SUPREMO N° 14174

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, ha pronunciado las Ordenanzas Municipales Nos. 2727/73 y 3311/75 de fecha 23 de octubre de 1973 y 29 de diciembre de 1975 respectivamente, concediendo en calidad de comodato, terrenos de propiedad municipal situados en el parque “Lincoln”, zona de “Zarco” de esa ciudad, en la extensión superficial de 3.000 m2. en favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino a la construcción de una unidad escolar.

 

Que, el Consejo Nacional de Edificaciones del Ministerio de Educación y Cultura, se halla en posibilidades de programar la ejecución de la obra en la proxima gestión.

 

Que, siendo la educación la más alta función del Estado, procede contribuir a la materialización de ese objetivo, ratificando dicha cesión de terrenos pronunciando el instrumento legal correspondiente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1.- Apruébase las Ordenanzas Municipales Nos. 2727/73 y 3311/75 de fechas 23 de octubre de 1973 y 29 de diciembre de 1975 respectivamente, dictadas por la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba.

 

ARTICULO 2.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, la transferencia a título gratuito en favor del Ministerio de Educación y Cultura del lote de terreno con una superficie de 3.000 m2. (tres mil metros cuadrados) ubicado en el parque “Lincoln”, zona de “Sarco” de esa ciudad, con destino a la construcción de una unidad escolar, debiendo suscribirse la escritura traslativa de dominio por ante la Notaría de Hacienda con intervención del Fiscal de Distrito y Contralor Departamental.

 

ARTICULO 3.- Libérase del pago de impuestos nacionales, departamentales y municipales los actos relativos a la transferencia.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia, Finanzas y Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el Primer día del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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