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DECRETO SUPREMO N° 14173

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, convocó a Propuestas para la ejecución de obras de ampliación del Hospital “20 de Octubre”, situado en la región de El Alto de esta ciudad, habiendo la Honorable Junta de Almonedas en su reunión de fecha 14 de octubre de 1976, resuelto adjudicar los trabajos en favor de la Empresa Constructora “COBRA LTDA.”, por ser su oferta la más conveniente para los intereses de la entidad licitante.

 

Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 13384 de fecha 20 de febrero de 1976, la adjudicación de obras del sector público debe ser autorizada mediante Decreto Supremo, cuando su precio sobrepase de $b. 400.000.-

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase lo actuado por la Honorable Junta de Almonedas de la ciudad de La Paz, que adjudica la ejecución de obras de ampliación del Hospital “20 de Octubre”, situado en la región de El Alto de esta ciudad, en favor de la Empresa Constructora “COBRA LTDA”, por el precio de UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y SIETE 57/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.349.097.57.-), para cuyo efecto deberá suscribirse el Contrato correspondiente entre el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública y la Empresa Constructora mencionada.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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