TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 14146

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Tarija, mediante Ordenanza Municipal N° 71/76 de fecha 27 de septiembre del año en curso, ha cedido a título gratuito al Ministerio de Educación, el inmueble de su propiedad de 2.630 m2., ubicado en la Villa Avaroa de aquella ciudad, donde actualmente funciona la Escuela José Manuel Avila, con destino a la construcción de una “Unidad Escolar” por parte de CONES.

 

Que, es deber del Gobierno colaborar y alentar obras que cumplan fines sociales y educativos:

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Tarija, transferir a título gratuito en favor del Ministerio de Educación, el inmueble de su propiedad de 2.630 m2., ubicado en Villa Avaroa entre las calles Daniel Campos, Juan Ayoroa y Colón de la ciudad de Tarija, donde actualmente funciona la Escuela “José Manuel Avila”, con destino a la construcción de una “Unidad Escolar” programada por CONES.

 

ARTÍCULO 2.- Libérense de los impuestos nacionales, departamentales y municipales los actos relacionados con su enajenación, debiendo suscribirse la escritura pública con intervención del Contralor Departamental y Fiscal del Distrito, por ante la Notaría de Hacienda.

 

Los señores Ministros del Interior, Migración y Justicia y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|