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DECRETO SUPREMO N° 14126

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Nacional de Caminos ha convocado a propuestas para la provisión de REPUESTOS OLIVER, mediante Licitación Pública N° 8/76, con destino a las labores específicas de la Entidad;

 

Que, una vez que se procedió a la apertura de propuestas conforme a los requisitos legales (Acta N° 197/76 de fecha 30.8.76), y conocido el informe de la Comisión Calificadora, la H. Junta de Almonedas en su reunión de fecha -- 28.10.76 (Acta N° 205/76), adjudicó las propuestas en favor de Secobol Ltda;

 

Que, es necesario aprobar mediante Decreto Supremo la adjudicación de la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, de conformidad con el Decreto Supremo N° 12262 de 24 de febrero de 1975.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, en su reunión de 28.10.76, en favor de la firma comercial que se indica a continuación, por los montos que se señala y en las condiciones adjudicadas:

 

A la firma Comercial “Secobol Ltda.”, la provisión de REPUESTOS OLIVER, por un total de $us. 28.820.96 equivalente a $b. 576.419.20.

 

ARTÍCULO 2.- Libérase de todos los impuestos nacionales, municipales, provinciales, universitarios, tasas, tasas consulares, derechos aduaneros, servicios prestados y otros creados o por crearse a la importación de los REPUESTOS OLIVER a que se refiere.

 

ARTÍCULO 3.- Autorízase a los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Director del Servicio Nacional de Caminos, para que con intervención de los señores Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, en representación del Estado, suscriban los contratos respectivos con los personeros de la firma adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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