DECRETO LEY Nº 14100
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, nuestro país requiere imperiosamente de la creación del Sistema Nacional de Información y Estadística con la finalidad de obtener, analizar, procesar y proporcionar de la manera más eficiente la información estadística para orientar el desarrollo socio-económico del país.
Que, la actividad estadística, es el conjunto de procedimientos, métodos y técnicos de recolección, elaboración, análisis, procesamiento y divulgación de datos estadísticos encaminados a la obtención de indicadores económicos sociales y de otra índole que interesan fundamentalmente a nuestro país;
Que, para alcanzar los objetivos de una adecuada ejecución de las actividades del Instituto Nacional de Estadística, es necesario definir y aprobar su organización, estructura y funciones;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la Ley del Sistema Nacional de Información yEstadística en sus VII Títulos y 28 Artículos, conforme al texto de su redacción.
El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Planeamiento y Coordinación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.