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DECRETO SUPREMO Nº 14097

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, los Ministerios de Previsión Social y Salud Pública y de Urbanismo y Vivienda, convocaron a propuestas para la conclusión de obras del Hospital de Villazón, habiendo la Honorable Junta de Almonedas, en su reunión de 10 de septiembre del año en curso, resuelto adjudicar la ejecución de dichas obras a la Empresa Constructora Unipersonal “CERMAC”.

 

Que, habiéndose cumplido con las formalidades legales en vigencia, corresponde la aprobación de la mencionada adjudicación mediante Decreto Supremo, de conformidad con las disposiciones del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, en razón de sobrepasar su monto de $b. 400.001.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase lo actuado por la H. Junta de Almonedas de los Ministerios de Previsión Social y Salud Pública y de Urbanismo y Vivienda, para la adjudicación de obras de terminación del Hospital de Villazón, en favor de la Empresa Constructora Unipersonal “CERMAC” por el precio de DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y TRES 58/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.351.183,58).

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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