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DECRETO SUPREMO Nº 14083

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Ministerio de Minería y Metalurgía requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional por la suma de $b. 368.000.- destinados al refuerzo de las partidas 120 “Empleados No Permanentes”. 231 “Gastos por Pasajes”. 232 “Viáticos” y 291 “Asignaciones” Globales” previstas con montos insuficientes en el Presupuesto Consolidado del Sector Público vigente.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas con las prerrogativas legales que le confiere el Art. 28 del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero del presente año, se pronuncia en favor de la procedencia del merituado Presupuesto Adicional en vista las necesidades del Organismo, habiendo elaborado al efecto la correspondiente relación de ingresos y egresos.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno atender las necesidades del Servicio recurrente con el objeto de coadyuvar su mejor desenvolvimiento institucional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Minería y Metalurgía, para su Programa 01 “Policial Administrativa de la Minería Boliviana”, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 368.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE MINERIA Y METALURGIA

FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: POLITICA ADMINISTRATIVA DE LA MINERIA BOLIVIANA

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Presupuesto

Código F u e n t e Adicional

1 9 7 6

 

 

I NACIONALES 368.000.-

1.- Tesoro Nacional 368.000.-

T o t a l : 368.000.-

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Presupuesto

Código D e s c r i p c i ó n Adicional

1 9 7 6

 

100 SERVICIOS PERSONALES 78.000.-

120 EMPLEADOS NO PERMANENTES 78.000.-

200 SERVICIOS NO PERSONALES 290.000.-

230 TRANPORTE Y GASTOS DE VIAJE 210.000.-

231 Gastos por Pasajes 62.000.-

232 Viáticos 148.000.-

 

290 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 80.000.-

291 Asignaciones Globales 80.000.-

T o t a l : 368.000.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la educación y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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