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DECRETO SUPREMO Nº 14072

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, convocó a propuestas para la provisión de dos ambulancias y una vagoneta con destino a uso de esta Secretaría de Estado;

 

Que, la Junta de Almonedas del citado Portafolio, en su reunión del día 26 de agosto del año en curso, ha adjudicado la licitación en favor de la firma REPRINT, Representaciones Internacionales Limitada representantes a su vez de CANDO CORP., Miami, para la provisión de dos ambulancias y una vagoneta marca “DODGE” de procedencia norteamericana, de acuerdo a los informes técnicos y antecedentes que respaldan su conveniencia;

 

Que, en virtud del Artículo 14 del Decreto Ley Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, corresponde aprobar la adjudicación hecha por la Junta de Almonedas de acuerdo al monto;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación de la Junta de Almonedas de fecha 26 de agosto de 1976, efectuada por el Ministro de Previsión Social y Salud Pública, en favor de la firma REPRINT REPRESENTACIONES INTERNACIONALES LIMITADA, por el precio de VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS 40/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 29.222.40) o su equivalente en moneda nacional de QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL, QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS 51/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 595.552.51) para la provisión de dos ambulancias y una vagoneta marca “DODGE” de procedencia norteamericana destinados a los servicios del nombrado Portafolio con cargo al Programa 05; Inversiones; Grupo 400; Activos Fijos Financieros; Sub-Grupo 430; Maquinaria y Equipo; Partida 433; Equipo de Transporte, tracción y elevación.

 

ARTÍCULO 2.- Libérase de derechos arancelarios y gravámenes para la importación de dos ambulancias y una vagoneta marca “DODGE” de procedencia norteamericana, debiendo el Ministerio de Finanzas dictar la Resolución Ministerial de liberación de gravámenes aduaneros y la presentación de la documentación correspondiente.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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