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DECRETO SUPREMO Nº 14055

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, para la ejecución del Convenio Internacional de Préstamo A.I.D. – – 511 – T – 055, suscrito entre los Gobiernos de Estados Unidos de Norte América y el de Bolivia, en 24 de marzo de 1976 y aprobado mediante D.S. Nº 13450 de 30 de marzo de 1976 requiere contar con el material necesario de vehículos, equipo instrumental y otros.

 

Que, es de interés público imprimir la máxima celeridad a la adquisición de material y equipo necesarios para la aplicación en el desarrollo del programa de crédito para fortalecer las organizaciones campesinas a cargo del Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, entidad Pública Descentralizada del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad la adquisición mediante licitación pública internacional y de acuerdo a disposiciones legales vigentes de vehículos, equipos, maquinaria, instrumental y otros de acuerdo al siguiente detalle:

 

CREDITO A. I. D. CANTIDAD

 

1. Vagoneta doble tracción 3

2. Camioneta de 1 ½ Ton. doble tracción 26

3. Jeep doble tracción 10

4. Camioneta de 1 Ton. doble cabina, doble tracción 5

5. Camioneta de 1 Ton. sencillas 5

6. Motocicletas de 125 cc. 34

7. Stock de Repuestos para vehículos -

8. Copiadora de Planos 3

9. Equipo Mini Computadora 1

10. Máquinas de escribir eléctricas 9

 

CREDITO A. I. D. CANTIDAD

 

11. Máquinas de escribir corrientes, de carro largo 28

12. Máquinas de escribir semiportátiles, corrientes 29

13. Máquinas de calcular eléctricas para ingeniería

de escritorio 1

14. Máquinas de calcular manuales 44

15. Grupo Electrónicos de 3 kw. 14

16. Cajas fuertes para empotrar a pared 4

17. Radio Transmisores 6

18. Máquinas fotográficas de 35 m.m. 2

19. Gravadoras de cassett portátiles 2

20. Multicopiadoras de Stencil 24

21. Juego de Tarrajas y Llaves Stilson 8

22. Equipo de Mantenimiento de Vehículo y equipo

Pesado -

23. Brazos mecánicos para diseño 6

24. Juegos de Escuadras y Reglas T. 30

25. Máquinas de escribir portátiles 7

26. Máquinas de escribir punteado para cheques 5

27. Cintras métricas metálicas de 50 mts. Inoxidables 31

28. Máquinas contabilizadoras de stock de totales 5

29. Máquinas calculadoras eléctricas de escritorio 17

30. Bolsas de dormir 200

31. Catres de campaña 200

32. Juegos de ropa lluvia 100

33. Mosquiteros 50

34. Laboratorio de Mecánica de Suelos 1

 

DONACION A. I. D. CANTIDAD

 

1. Grupos de electrógenos 2 kw. 4

2. Proyectoras de cine sonoro de 16 m.m. 4

3. Proyectoras de Transparencias (Slides) 4

4. Pantallas grandes para proyecciones 4

5. Archivadores de 5 gavetas 4

6. Máquinas de escribir 4

7. Máquinas calculadoras manuales 4

8. Catres metálicos 160

 

DONACIONES A. I. D.

 

9. Colchones de lana 160

10. Frazadas 400

11. Juegos de Sábanas y fundas 320

12. Almohadas 160

13. Máquinas fotográficas 35 mm. 4

14. Grabadoras de cassett portátiles 4

15. Multicopiadotas de Stencil 4

16. Equipos de cocinas portátiles 20

17. Refrigeradoras a kerosene 4

18. Máquinas de tejer 20

19. Máquinas de coser manuales 20

20. Equipos de tejido 4

21. Mesas de noche 160

22. Equipos de carpintería y talleres 2

23. Juegos de utensillos de cocina 4

24. Roperos casilleros 10

25. Cocinas grandes a kerosene 4

26. Cubrecamas 160

27. Tohallas 160

28. Viñetas (juegos) y equipo de recreación 4

29. Bicicletas 20

30. Libros y folletos -

31. Películas -

32. Equipo amplificación

 

CANTIDAD

 

33. Material didáctico -

34. Juegos Equipo Agropecuario 14

35. Proyectoras portátiles 4

36. Componedora IBM, con destino al Departamento

de Capacitación. 1

37. Cajas de seguridad empotrable t/pequeño. 4

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos para cubrir estas adquisiciones son imputables a Convenio de Préstamo y Donación AID – 551 – I – 055.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Asuntos Campesinos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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