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DECRETO SUPREMO Nº 14048

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), acuerdo con la política económica dictada por el Supremo Gobierno, viene ejecutando planes de incremento a la producción de hidrocarburos;

 

Que, para este objetivo requiere capital de trabajo necesario a sus operaciones petrolíferas;

 

Que, ha obtenido la aceptación de un crédito del THE DELTEC BANKING CORPORATION LIMITED, entidad crediticia de Nassau, Bahamas, cuyas gestiones fueron autorizadas en reunión de Directorio de YPFB, Nº 82, de fecha 23 de agosto de 1976;

 

Que, para efectivizar dicho crédito la entidad petrolera estatal, necesita la autorización del Supremo Gobierno.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), a suscribir un Contrato de Crédito con THE DELTEC BANKING CORPORATION LIMITED, de Nassau, Bahamas, conforme a las siguientes condiciones báscias:

 

MONTO DEL CREDITO : $us. 3.000.000.-

 

INTERES : 1.7/8 % por año sobre la tasa LIBOR, vigente en seis ………………………meses (redondeada al 1/8 % más cercano).

 

PLAZO : Tres años, primer vencimiento a los doce meses de la

fecha de desembolso.

 

COMISION : Una comisión fija del 1.1/4 % sobre el monto del crédito

a pagarse antes de su desembolso.

 

GARANTIA : Carta convenio y emisión de 6 pagarés de $us. De $us, …………………… 500.000.- cada uno firmados por personeros autorizados …………………… de YPFB

 

ARTÍCULO 2.- El mencionado financiamiento de acuerdo a las condiciones negociadas por la entidad petrolera será destinado a cubrir los requerimientos de capital de trabajo en sus diferentes campos de operación, debiendo ser amortizado con sus recursos propios.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Energía e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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